Nueva normativa tesis
A todas las tesis que se presenten en Registro a partir del 11 de febrero,
les será de aplicación el art. 14 de la normativa de estudios de doctorado de la Universidad de Sevilla
http://bous.us.es/2011/numero-4/pdf/archivo-12.pdf,que desarrolla las directrices marcadas por el art. 14 del Real Decreto 99/2011 http://bous.us.es/2011/numero-4/pdf/archivo-12.pdf.
Es preciso, por tanto, que queden muy claros a los Departamentos los requisitos que nos vemos obligados a exigir a todos los miembros de los tribunales que se propongan a partir de
entonces para evitar errores y demoras innecesarias en el procedimiento de la lectura de tesis.
- Los cambios afectan al proceso a partir de que la tesis doctoral esté autorizada para su presentación de cara a la defensa : hasta este momento todo permanece tal como se iba haciendo.
- La composición no varÃa en cuanto al número de miembros: cinco titulares y tres suplentes.
- Todos deben tener el tÃtulo de Doctor, pero además deben tener al menos un perÃodo
de actividad investigadora (sexenio) reconocido y acreditado según lo establecido en el RD 1086/1989, de 28 de agosto (BOE de 9 de septiembre), sobre retribuciones del profesorado universitario:
      http://www.boe.es/boe/dias/1989/09/09/pdfs/A28653-28656.pdf
- Excepcionalmente el requisito anterior podrÃa ser suplido si el Doctor acredita experiencia investigadora equivalente, en los términos establecidos por la CNEAI(Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora), según establece laResolución de 23 de noviembre de 2011 (BOE de 30 de noviembre de 2011) en el que se establecen los criterios especÃficos en cada uno de los campos de evaluación http://www.boe.es/boe/dias/2011/11/30/pdfs/BOE-A-2011-18796.pdf. En estos casosla equivalencia deberá ser apreciada y justificada por el órgano proponente del tribunal, posteriormente será contrastada por la Comisión de Doctorado.
- El Secretario debe ser profesor de la Universidad de Sevilla.
- El documento de actividades del doctorando que se menciona en el punto 4 del citadoartÃculo, no es necesario presentarlo hasta nuevo aviso.
- El desarrollo del acto de lectura cambia su procedimiento, tal como establece el
mencionado art. 14 de la Normativa de la US. A las tesis doctorales que el dÃa 11 de febrero de 2012 ya estén depositadas en Registro
no les afectan estos cambios